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CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROVEEDORES Y/O CONTRATISTAS
En SANTIAGO de Chile se celebra el presente contrato por medios electrónicos entre la empresa Achilles Chile, en adelante Achilles, filial de Achilles Group, en adelante “la empresa” y el proveedor o
contratista, según los términos y condiciones que pasan a expresarse: I.- Condiciones Generales
1. El contrato tiene como objeto el servicio REGIC, que se define como un sistema conjunto de
registro y clasificación de proveedores y contratistas (bienes y servicios) disponibles para los
usuarios autorizados por las empresas mandantes. El proveedor y/o contratista podrá participar en el Registro de Proveedores y Contratistas REGIC, en adelante “Registro”, administrada por
Achilles, en representación de las empresas mandantes. El propósito del Registro es poner a disposición de las empresas mandantes una base de datos de proveedores y contratistas
registrados de acuerdo a criterios objetivos previamente determinados a sólo arbitrio por la empresa. El Registro constituye la primera fase del sistema de clasificación propio de las
empresas mandantes, pudiendo establecer cada una de ellas procedimientos específicos de incorporación. Además pueden establecer fases y criterios adicionales de clasificación en sectores de actividad específicos.
2. El contrato se perfecciona por medios electrónicos y se rige por las cláusulas que se expresan y
en subsidio por la Ley nº 19496, de Protección al Consumidor y por el Código de Comercio.
1. El proveedor y/o contratista deberá aceptar los términos y condiciones del contrato en forma
pura y simple. El momento en que el proveedor y/o contratista acepta se entiende que
corresponde a aquel en que paga la cuota anual para su incorporación al sistema y/o toma la opción “aceptar” dentro de la página web, entendiéndose válidos ambos actos. Una vez
enterado el pago recibirá de parte de la empresa las claves para que pueda entrar al Registro sistema REGIC y una confirmación escrita del hecho de haberse celebrado el contrato, que
contendrá una copia clara, íntegra y legible de éste.
a. El proceso de inscripción termina cuando Achilles le comunica el resultado a la empresa
postulante, en caso de que no sea posible concluir con el proceso de registro por causas atribuibles al proveedor y/o contratista no se reembolsará la cantidad pagada por no ser
el rechazo de la inscripción imputable a Achilles.
1. Poner a disposición de las Empresas Mandantes la información facilitada por el proveedor
y/o contratista en el cuestionario específico, mediante la introducción de dicha información en el Registro.
2. Notificar al proveedor, de su registro y de la carga de su información de las modificaciones
que deban realizarse para proceder al registro, de la documentación recibida y de las circunstancias del proveedor.
Achilles Chile - RUT: 76.110.170-6 - Av. Santa María 2810 Piso 4, Providencia, Santiago - Chile
Fono/Fax: (56-2) 582 0668 - Sitio Web: www.achilles.com/chile - E-mail: [email protected]REV 02: 29/07/2010 CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROVEEDORES Y/O CONTRATISTAS
3. Actualizar el contenido del Registro a disposición de las Empresas Mandantes
permanentemente, de acuerdo a la información aportada por los proveedores y contratistas.
4. Conservar una relación de los proveedores y contratistas registrados, especificando las
categorías para las cuales es válido el registro, y conservar en un expediente toda la
documentación solicitada, relativa al registro de un proveedor y/o contratista por un período de dos años, tanto en físico como digital. A partir del tercer año de registro esta
documentación se mantendrá solo en formato digital.
5. Garantizar la confidencialidad de los datos facilitados por el proveedor y/o contratista, que
únicamente podrán ser accesibles para las Empresas Mandantes.
B) El proveedor y/o contratista está obligado a:
1. Responder el cuestionario en forma precisa y completa, de modo de que éste refleje la
situación actual y general de la empresa y de los productos y servicios específicos ofrecidos.
2. Remitir la documentación en un plazo máximo de 60 días corridos desde la notificación de
inicio del proceso, aplicado para procesos de inscripción y renovación anual del registro. El
incumplimiento de esta obligación será causal inmediata de baja del proveedor del sistema, entendiéndolo como desistido del proceso, sin derecho alguno para éste, ni devolución de la
3. Efectuar el proceso de actualización parcial de información comunicando a la Empresa los
cambios que se produzcan en relación con los datos del cuestionario (datos generales, legales, financieros, técnicos, mandatos y declaraciones), aportando la información que
acredite las nuevas circunstancias que concurren en la empresa, dentro de un plazo de 30 días, contado desde que las modificaciones se han producido. El incumplimiento de esta
obligación hará recaer en el proveedor y/o contratista todas las responsabilidades legales que puedan generarse con las empresas mandantes por esta causa, sin perjuicio de que
autoriza a Achilles para resolver el contrato con el proveedor y/o contratista sin devolución de la tarifa pagada.
4. Validar la información de su empresa una vez que se le comunique la carga de ésta en el
sistema, en un plazo máximo de 5 días hábiles. El incumplimiento de esta obligación hace al
proveedor y/o contratista plenamente responsable de todos los eventuales daños que se provoquen, sin perjuicio de que autoriza a Achilles para resolver el contrato con el proveedor
y/o contratista sin devolución de la tarifa pagada.
5. Entregar información FIDEDIGNA y con respaldos suficientes para acreditar la experiencia en
la(s) especialidad(es) en las cual(es) se inscriba.
6. Recibir y aceptar en su dirección de correo electrónico señalada a Achilles, los distintos mails
de comunicación entre la empresa y el proveedor, tales como: recordatorios de plazos de
proceso, encuestas de calidad, noticias, correos informativos de variables comerciales, aviso de pago y renovación, campañas de actualización de datos y otros que en el futuro puede
enviar la empresa. En caso de no querer recibir información a su dirección de correo electrónico, deberá enviar un correo al ejecutivo correspondiente, asumiendo plenamente la
responsabilidad por cualquier daño o perjuicio que se produzca por este hecho.
Achilles Chile - RUT: 76.110.170-6 - Av. Santa María 2810 Piso 4, Providencia, Santiago - Chile
Fono/Fax: (56-2) 582 0668 - Sitio Web: www.achilles.com/chile - E-mail: [email protected]REV 02: 29/07/2010 CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROVEEDORES Y/O CONTRATISTAS
Tanto los proveedores y contratistas como las Empresas Mandantes, contribuyen a cubrir los costos
administrativos y de operación del Registro. Por ello para registrarse, el proveedor y/o contratista deberá abonar la tarifa anual establecida. Además, todos los gastos en que incurra la postulante son
de su exclusivo cargo y cualquiera sea el resultado. Achilles Chile puede entregar a los proveedores y/o contratistas que se encuentren registrados algún tipo de servicio adicional, entendiéndose éste como un beneficio, que no está incluido en la tarifa, sino que responde al objetivo de la empresa de ser un aporte para la comunidad de proveedores que
sustenta. Del mismo modo, la entrega de estos servicios adicionales no constituyen ni podrán llegar a convertirse en una obligación de Achilles Chile para con los proveedores teniendo siempre el carácter
de potestativo de la empresa. Sin perjuicio de lo anterior, la empresa, podrá poner a disposición de proveedores y contratistas algún servicio adicional que implique un costo para el proveedor y/o
contratistas, en cuyo caso deberán ser cancelados por éstos. V.-Derecho de Retracto En relación al derecho de retracto establecido en la Ley Nº 19.469, artículo 3 bis letra b) en relación al artículo 12 A del mismo cuerpo legal se establece que no existirá derecho a retracto por parte del
proveedor al presente contrato, ya que Achilles Chile cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley para que así ocurra. Por lo anterior Achilles Chile no hará reembolsos de la tarifa pagada ni pago
de indemnización por ningún concepto. VI.-Auditorías Las empresas mandantes podrán solicitar a Achilles el expediente relativo a cualquier proveedor y/o contratista que esté o haya estado inscrito o en trámite de inscripción en el Registro. Los registros
acordados pueden ser revisados en cualquier momento a petición de los interesados o de oficio por Achilles en cuanto dejen de ser actuales las bases tomadas para establecerlos.
VII.-Responsabilidad Se deja expresamente establecido que Achilles Chile, las empresas mandantes, sus empleados,
directores, socios o accionistas y/o asesores de todas éstas, no responderán de manera alguna por errores o faltas en la transcripción de los datos de los proveedores y/o contratistas del Registro o por
cualquier hecho de similar naturaleza, tales como faltas o intromisiones en el servicio. Sin perjuicio de lo anterior, si llegara a determinarse la responsabilidad de Achilles Chile por hechos referentes a este
contrato, las partes determinan desde ya que dicha responsabilidad no podrá exceder del monto pagado a Achilles por el proveedor y/o contratista en cuestión.
Por la naturaleza del servicio prestado por Achilles Chile, ésta no garantiza que el proveedor y/o contratista sea contratado por una empresa participante, ni tampoco garantiza de ninguna manera el
pago de ésta al proveedor y/o contratista.
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Los Proveedores y/o Contratistas son responsables de la entrega a Achilles de información fidedigna y
documentos de respaldo validos, es decir facturas no anuladas y en general documentos que sean oficiales.
VIII.- Ley y Jurisdicción Este contrato está sometido a las leyes y Tribunales chilenos, cualquiera sea el domicilio y nacionalidad del proveedor.
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Medicine s Matters A guide to mechanisms for the prescribing, July 2006 DH INFORMATION READER BOX INSERT NEW IRB DH INFORMATION READER BOX HR / Workforce Document Purpose ROCR Ref: Gateway Ref: Medicines Matters: a guide to mechanisms for the prescribing, supply and administration of medicinesNational Practitioner Programme, DH Core Prescribing Group Publicat
Steering Committee Meeting Minutes Wednesday, May 12, 2010 In Attendance: Margie Brakefield, Sandy Brimhall Tarbet, Barbara Bruce, Debe Campbell, Greg Cardita, Dave Clark, Chris Gard, Kirk Grugel, Arno Hall, Jimmy Jayne, Linda Morrow, Mary Jeanne Munroe, Sylvia Ortiz,Chris Rodencal, Jeff Smythe, Nancy Stidham, • JLA funding from MCAT $5,000, Summit Healthcare $2,000, 30 cases water from